Siglas y conceptos técnicos

Glosario GMEP

Definiciones de las siglas y conceptos utilizados en las herramientas de GMEP (EQRS, ECOTOX, hidrogeología, normativa), conformes a los marcos de referencia de US EPA, ANSES, INERIS, ECHA y EFSA.

Evaluación de riesgos sanitarios

HHRA, EQRS y el enfoque por niveles (Tier 1 / 2 / 3)

HHRA — Human Health Risk Assessment

Proceso que estima la naturaleza, la magnitud y la probabilidad de efectos sanitarios adversos en personas expuestas a sustancias presentes en un medio contaminado (suelos, aguas subterráneas, aire interior), según la metodología de la US EPA. En francés se denomina Évaluation Quantitative des Risques Sanitaires (EQRS): combina la caracterización de las fuentes, la modelización de la transferencia (suelo → acuífero → captación, intrusión de vapores...), la estimación de la dosis recibida por los receptores (adulto, niño, trabajador) y la comparación con Valores Toxicológicos de Referencia (VTR) para calcular el Cociente de Peligro (QD) y el Exceso de Riesgo Individual (ERI).

EQRS — Évaluation Quantitative des Risques Sanitaires (Evaluación Cuantitativa de los Riesgos Sanitarios)

Traducción francesa y operativa del enfoque HHRA, regulada en Francia por la metodología INERIS ERS 2021 y los VTR de ANSES. Es el núcleo de las herramientas EQRS de GMEP: cálculo del QD y del ERI por vía de exposición (ingestión de suelo, inhalación, contacto dérmico, vía alimentaria) y por receptor (adulto, niño con factor ADAF, trabajador).

Enfoque por niveles — Tier 1, Tier 2, Tier 3

Método de evaluación progresiva: se comienza con un nivel genérico y conservador (Tier 1), y solo se avanza al nivel siguiente, más preciso pero que exige más datos, si el anterior no permite descartar un riesgo.

Tier 1 — Evaluación de cribado (screening)

Primer nivel, el más conservador: comparación con umbrales genéricos e hipótesis prudentes (Eco-SSL de la US EPA en ecotoxicología; vías de exposición estándar —ingestión de suelo, inhalación, contacto dérmico— en evaluación sanitaria). Objetivo: descartar rápidamente las sustancias y medios sin riesgo demostrado, sin recurrir a datos complementarios.

Tier 2 — Evaluación refinada

Segundo nivel: los valores genéricos se sustituyen por datos específicos del emplazamiento —concentraciones medidas y PNEC de ECHA REACH en ecotoxicología; parámetros de exposición específicos del emplazamiento y subpoblaciones sensibles en evaluación sanitaria. Este nivel reduce el margen de conservadurismo del Tier 1 sin dejar de ser protector.

Tier 3 — Evaluación más avanzada

Tercer nivel, el más detallado: incorporación de vías de exposición o efectos adicionales. En las herramientas de GMEP, el Tier 3 corresponde al Módulo HUMAIN, que añade la vía alimentaria (cadena trófica suelo → planta/animal → humano) a la EQRS clásica —ingestión de verduras, huevos, leche, carne y pescado producidos en un emplazamiento contaminado— conforme a la metodología INERIS DRC-09-103096 y a los VTR de EFSA 2020.

QD — Quotient de Danger (Cociente de Peligro)

Relación entre la dosis de exposición estimada y un VTR con umbral (efecto con umbral). Un QD superior a 1 indica un riesgo potencial para el efecto considerado.

ERI — Excès de Risque Individuel (Exceso de Riesgo Individual)

Probabilidad adicional, a lo largo de toda una vida, de desarrollar un efecto sin umbral (carcinógeno) debido a la exposición estudiada, calculada a partir de un VTR sin umbral.

VTR — Valeur Toxicologique de Référence (Valor Toxicológico de Referencia)

Valor numérico (dosis o concentración) establecido por una agencia de referencia (ANSES, US EPA, EFSA...) por debajo del cual no se espera un efecto adverso (efecto con umbral), o que permite cuantificar un exceso de riesgo (efecto sin umbral).

ADAF — Age-Dependent Adjustment Factor

Factor de ajuste vinculado a la edad, aplicado a las sustancias carcinógenas con un modo de acción mutagénico, para tener en cuenta la mayor sensibilidad del niño ante una exposición temprana.

Ecotoxicología

ERE y conceptos asociados

ERE — Évaluation des Risques Écologiques (Evaluación de los Riesgos Ecológicos)

Evalúa los efectos de una contaminación sobre la fauna y la flora, en lugar de sobre el ser humano, en tres fases: formulación del problema, análisis de la exposición y de los efectos, y caracterización del riesgo. La herramienta central es el ratio PEC/PNEC: un ratio superior a 1 indica un riesgo potencial para los receptores ecológicos (invertebrados del suelo, vegetación, fauna centinela).

PEC — Predicted Environmental Concentration (Concentración Ambiental Prevista)

Concentración de exposición previsible de un contaminante en un compartimento ambiental (suelo, agua, sedimento), estimada a partir de datos de campo o de modelización.

PNEC — Predicted No-Effect Concentration (Concentración Prevista Sin Efecto)

Concentración sin efecto previsible: umbral por debajo del cual no se espera ningún efecto nocivo sobre los organismos del compartimento considerado. Establecida, en particular, mediante ECHA REACH.

Eco-SSL — Ecological Soil Screening Level

Umbrales de cribado ecotoxicológico en suelos publicados por la US EPA, utilizados en el Tier 1 para identificar rápidamente las sustancias sin riesgo ecológico demostrado para los receptores terrestres.

Hidrogeología y normativa

Siglas de los expedientes de la Ley de Aguas e ICPE

IEM — Interprétation de l'État des Milieux (Interpretación del Estado de los Medios)

Proceso de la doctrina francesa sobre suelos contaminados que compara las concentraciones medidas en los medios (suelos, aguas, aire) con valores de gestión, de forma previa o complementaria a una EQRS completa.

DAF — Facteur d'Atténuation / Dilution (Factor de Atenuación/Dilución)

Factor que expresa la disminución de la concentración de un contaminante entre la fuente y el punto de exposición (dilución en el acuífero, atenuación durante la transferencia suelo-acuífero-captación, modelo de Domenico 1987).

IOTA — Installations, Ouvrages, Travaux et Activités (Instalaciones, Obras, Trabajos y Actividades)

Nomenclatura del artículo R.214-1 del Código de Medio Ambiente francés que clasifica las operaciones sujetas a declaración o autorización en virtud de la Ley de Aguas (captaciones, abatimiento del nivel freático, vertidos, obras en el cauce de cursos de agua...).

ICPE — Installation Classée pour la Protection de l'Environnement (Instalación Clasificada para la Protección del Medio Ambiente)

Régimen de clasificación (declaración, registro, autorización) de las instalaciones que presentan riesgos o molestias para el medio ambiente y la salud, regulado por el Código de Medio Ambiente francés.

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